ELABORACIÓN DE UNA PLANILLA DE JORNALES EN EL DSCONT
INTRODUCCION
El régimen de construcción civil contiene características especiales tanto en lo referente a las condiciones de trabajo, como en su regulación legal. En la actualidad, el régimen de construcción civil se encuentra normado por la Resolución Ministerial Nº 051-96-TR, que dispone la negociación por empresa u obra en caso no exista acuerdo respecto del nivel de negociación, y el Decreto Legislativo Nº 727, el cual establece que a aquellos que laboran para Empresas Constructoras de Inversión Limitada (aquellas que ejecuten obras cuyos costos individuales no excedan las 50 UIT), y los que laboran para personas naturales que construyan directamente sus propias viviendas, siempre que la obra no supere el límite de 50 UIT, les serán aplicables las normas que regulan el régimen laboral común.
MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVIDAD DE LA PLANILLA DE CONSTRUCCION CIVIL
¿Cuál es la definición de construcción civil?
Es el área de las edificaciones e infraestructura tanto en el uso público, privado, urbano y rural; dando lugar a grupos de personas, profesionales, técnicos y operarios.
¿A quienes se considera trabajadores de construcción civil?
Es toda persona física que realiza libremente de manera eventual o temporal una labor de construcción para otra persona jurídica o natural dedicada al rubro, con relación de dependencia y a cambio de una remuneración.
¿Cuáles son las categorías de construcción civil?
Existen 3 categorías de trabajadores:
- Operario.- Personal de trabajadores especializados o calificados en una especialidad tales como: Albañiles, carpinteros, pintores, electricistas, carpinteros, choferes mecánicos y demás trabajadores.
- Oficiales o ayudantes.- Trabajadores que desempeñan las mismas ocupaciones pero que laboran como auxiliar del operario. No ha alcanzado plena calificación en la especialidad.
- Ayudante o Peón.- Trabajadores no calificados ocupados en las diversas tareas de obra.
¿Cuáles son los derechos de los trabajadores de construcción civil?
Son los siguientes:
1. Remuneraciones
De acuerdo al Convenio de Negociación Colectiva 2016-2017 los nuevos jornales mínimos son:
La Jornada de trabajo es de 8 horas diarios ó 48 semanales; el pago es semanal. Estos montos de jornales tienen vigencia desde 01 de Junio de 2016 hasta el 31 de Mayo de 2017.
2. Descansos
- Descanso Vacacional.- Tiene derecho como mínimo a 30 días calendarios de descanso por cada año completo de servicios. D. Leg. N°703
- Descanso semanal.- Conocido como descanso dominical
- Descanso en días feriados.- Es de 24 horas D. Leg N° 713, ley N° 24324
3. Bonificaciones
Para el régimen de construcción civil existen las siguientes Bonificaciones:
- Bonificación unificada de construcción (BUC) – Se refiere a las bonificaciones por desgaste de ropa, herramientas, alimentación, agua potable y por especialización para el operario (RSD N°193-91-ISD-NEC). Los porcentajes aplicadas sobre el jornal básico son:
- Bonificación por movilidad acumulada – La R.S.D. N° 367-85-SD-NEC, R.S.D. N° 232-1SD-NEC y la R.D.N° 77787, disponen que se debe pagar a los trabajadores de construcción civil por concepto de movilidad urbana e interurbana, el valor de seis pasajes urbanos. Este concepto se abona por día trabajado, sin distinción de categoría.
- Bonificación por altura – Es equivalente al 5 % de la remuneración básica del obrero, por cada 4 pisos, por toda labor efectuada en el exterior de un edificio a partir del cuarto piso. R.M. N° 480, R.M. N° 918, R.M. N° 963, R.M. N° 072 y la R.S.D. N° 604-75-91.
- Bonificación por altitud – De conformidad con la R.S.D. N° 058- 76-911000 y R.S.D. N° 443-88-4SD/ NEC, cuando se contraten los servicios de trabajadores para que realicen labores en lugares ubicados a partir de los tres mil metros (3,000) sobre el nivel del mar, se les deberá pagar este beneficio, en un monto que asciende a S/.1.00 por día laborado.
- Bonificación por trabajo nocturno – Se considera horario nocturno las labores realizadas a partir de las 10 pm hasta las 6 am, la remuneración no podrá ser menor a un jornal mínimo con la sobretasa del 35%, y en caso de horas extras será del 60% o del 100% sobre el valor hora simple; R.M. N° 480, R.M. N° 072 y R.D. N° 100-72-DPRTEES.
- Bonificación por contacto directo con el agua – La bonificación en este caso es equivalente al 20 % sobre el salario básico. Se entiende por contacto directo con el agua a los trabajos en inundaciones, ríos, lagos, represas y demás que le sean semejantes, tales como trabajos en contacto directo con aguas servidas. Resolución Ministerial Nº 480.
- Bonificación por alta especialización Este beneficio BAE – Se otorga únicamente a los trabajadores operarios que estén debidamente certificados por el empleador o por institución educativa para realizar trabajos especializados.
Dichos porcentajes a pagar se diferencian en tres escalas:
4. Asignaciones
- Asignación por Escolaridad – Es Equivalente 30 jornales básicos anuales, se abona por cada hijo menor de 18 años y en edad escolar, inclusive estudiante hasta los 21 años (RSD N°434-74 Cd. 91100).
- Asignación por Sepelio – Es Equivalente a una UIT, esta asignación será pagada por el empleador a los familiares al acreditar los gastos de sepelio, es aplicable cuando el costo de la obra sea mayor a 50 UIT (R.S.D.N°143).
5. Gratificaciones por fiestas patrias y navidad
De acuerdo a la R.D. 777-87, (R.S.D.531-81-911000), los trabajadores de construcción civil tienen derecho al pago por:
- Fiestas Patrias (julio), a 40 jornales básicos, si es que el trabajador laboró en una misma obra los 7 meses anteriores.
- Navidad (diciembre), a 40 jornales básicos, siempre y cuando el trabajador haya laborado cinco meses anteriores a las fiestas de Navidad.
6. Compensación por tiempo de servicios – CTS
La CTS es igual al 15% del total de los jornales básicos, percibidos durante la prestación de servicios.
Para determinar el tiempo de servicios solo se computa los días efectivamente trabajados, no se incluye los días feriados, los dominicales, ni las faltas. R. M. Nº 480 y R.S.Nº 450-90-250- NEC.
¿Cuáles son las aportaciones a cargo del trabajador en la construcción civil?
1. AFP, aporte obligatorio o voluntario, de ser obligatorio equivale al 12% aprox. de la remuneración asegurable.
2. SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES, administrado por la ONP para los trabajadores no afiliados a AFP; incluyen las pensiones de invalidez, jubilación y sobrevivencia. Aporte 13%.
3. CONAFOVICER, Comité Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del Perú, equivale al 2% del jornal básico.
4. IMPUESTO A LA RENTA, Se debe tener en cuenta la deducción de las primeras 7UITs.
CASO PRACTICO EN EL DSCONT
ELABORACION DE LA PLANILLA DE JORNALES EN EL DSCONT
Tomando en consideración el marco conceptual mencionado anteriormente (parte I) realizaremos los pasos para elaborar la planilla de jornales en el Dscont BLUE 10; para ello seguiremos los siguientes pasos:
1. Configuración de Tablas Generales:
- Para crear áreas en una planilla de construcción civil nos basaremos en las áreas existentes en la empresa.
- Para crear cargos de igual forma consideraremos los cargos que se manejan en la empresa.
- Crearemos las categorías que existen en la planilla de construcción civil como son (operador, oficial, peón)
- En esta opción se creara el numero de proyectos que establece la Empresa.
- Para la definición de AFP se podrá optar por esta opción si no se cuenta con internet; el ingreso se realizara de manera manual.
- Por esta opción el sistema recuperara automáticamente desde la SBS los datos del personal afiliado a la AFPs.
- Configurar las variables globales para el cálculo de algunos conceptos de planilla como son:
- UIT.- para el calculo del impuesto a la renta de 5ta categoría.
- Remuneración básica para el calculo de la asignación familiar.
¿Cómo se crea Áreas, Cargos, Categorías y Proyectos?
2. Ingreso del personal, creación atributos de persona y planilla
Para el ingreso del personal el sistema recuperara automáticamente los datos de los personales afiliados a las AFPs desde la SBS; solo se ingresa el DNI del trabajador.
3. Apertura de planillas y procesamiento
1ro) Conceptos.- En esta opción crearemos los conceptos para calcular la planilla de jornales como son:
- Jornal Básico
- B.U.C (bonificación Unificada de construcción)
- Movilidad Acumulada
- Dominical
- Vacaciones 10%
- CTS 15%
- Gratificación
- Extra 60%
- Extra 100 %
De acuerdo a los conceptos que perciban los trabajadores, se crearan más conceptos.
¿Cómo crear conceptos para la planilla de jornales?
2do) Abrir planilla.- Esta opción se realizará para crear o aperturar una planilla para un periodo correspondiente.
¿Cómo Abrir o aperturar la planilla de jornales?
3ro) Procesar la planilla.- Una vez aperturada la planilla; El sistema calculara los montos correspondientes de acuerdo a los datos ingresados en la planilla.
4. Obtención de reportes de la planilla de Jornales
- Generación del reporte de la planilla de Jornales
- Generación de la boleta de pago
- Calculo y Generación del Reporte de Gratificaciones
- Generación del Reporte del certificado de retención de 5ta categoría
5. Configuraciones opcionales para la generación de reportes de la planilla de jornales
- Configuraciones generales.- Estas configuraciones se realizara para adicionarle el logo de la empresa, modificar los formatos de las planillas y el formato de las boletas de acuerdo al requerimiento de la Empresa.
CIERRE E INTEGRACIÓN
INTEGRACIÓN DE LAS PLANILLAS CON EL DSCONT, AFP NET Y EL PDT PLAME
1. INTEGRACION CON EL DSCONT
Generación de asientos contables.- En esta opción el sistema te generara automáticamente los asientos contables.
Configuración y asignación de centros de costo.
Esta opción se realizara para asignar la distribución del gasto a cada centro de costo; cada concepto de la planilla se va a prorratear en base a los porcentajes que se le asignara previa configuración .
2. INTEGRACION CON AFP NET
Esta opción permitirá a la Empresa generar el Reporte en Excel para la importación a la AFP NET y su pago respectivo de acuerdo SUNAT.
3. INTEGRACION CON EL PDT PLAME
Y Finalmente el sistema permite generar los archivos TXT para la importación al PDT PLAME 601 para realizar su respectiva declaración mensual de acuerdo SUNAT.