[Planillas] ELABORACIÓN DE UNA PLANILLA DE JORNALES EN EL DSCONT
INTRODUCCIÓN
tanto en lo referente a las condiciones de trabajo, como en su
regulación legal. En la actualidad, el régimen de construcción civil se
encuentra normado por la Resolución Ministerial Nº 051-96-TR, que dispone la negociación por empresa u obra en caso no exista acuerdo respecto del nivel de negociación, y el Decreto Legislativo Nº 727,
el cual establece que a aquellos que laboran para Empresas
Constructoras de Inversión Limitada (aquellas que ejecuten obras cuyos
costos individuales no excedan las 50 UIT), y los que laboran para
personas naturales que construyan directamente sus propias viviendas,
siempre que la obra no supere el límite de 50 UIT, les serán aplicables
las normas que regulan el régimen laboral común.
MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVIDAD DE LA PLANILLA DE CONSTRUCCIÓN CIVIL
¿Cuál es la definición de construcción civil?
Es el área de las edificaciones e
infraestructura tanto en el uso público, privado, urbano y rural; dando
lugar a grupos de personas, profesionales, técnicos y operarios.
¿A quienes se considera trabajadores de construcción civil?
Es toda persona física que realiza
libremente de manera eventual o temporal una labor de construcción para
otra persona jurídica o natural dedicada al rubro, con relación de
dependencia y a cambio de una remuneración.
¿Cuáles son las categorías de construcción civil?
Existen 3 categorías de trabajadores:
- Operario.- Personal
de trabajadores especializados o calificados en una especialidad tales
como: Albañiles, carpinteros, pintores, electricistas, carpinteros,
choferes mecánicos y demás trabajadores.
- Oficiales o ayudantes.-
Trabajadores que desempeñan las mismas ocupaciones pero que laboran
como auxiliar del operario. No ha alcanzado plena calificación en la
especialidad.
- Ayudante o Peón.- Trabajadores no calificados ocupados en las diversas tareas de obra.
¿Cuáles son los derechos de los trabajadores de construcción civil?
Son los siguientes:
1. Remuneraciones
De acuerdo al Convenio de Negociación Colectiva 2016-2017 los nuevos jornales mínimos son:
La jornada de trabajo es de 8 horas
diarias ó 48 semanales; el pago es semanal. Estos montos de jornales
tienen vigencia desde 01 de Junio de 2016 hasta el 31 de Mayo de 2017.
2. Descansos
- Descanso Vacacional.- Tiene derecho como mínimo a 30 días calendarios de descanso por cada año completo de servicios. D. Leg. N°703
- Descanso semanal.- Conocido como descanso dominical
- Descanso en días feriados.- Es de 24 horas D. Leg N° 713, ley N° 24324
3. Bonificaciones
Para el régimen de construcción civil existen las siguientes Bonificaciones:
- Bonificación unificada de construcción (BUC) – Se
refiere a las bonificaciones por desgaste de ropa, herramientas,
alimentación, agua potable y por especialización para el operario (RSD
N°193-91-ISD-NEC). Los porcentajes aplicadas sobre el jornal básico son:
- Bonificación por movilidad acumulada – La
R.S.D. N° 367-85-SD-NEC, R.S.D. N° 232-1SD-NEC y la R.D.N° 77787,
disponen que se debe pagar a los trabajadores de construcción civil por
concepto de movilidad urbana e interurbana, el valor de seis pasajes urbanos. Este concepto se abona por día trabajado, sin distinción de categoría.
- Bonificación por altura – Es equivalente al 5 %
de la remuneración básica del obrero, por cada 4 pisos, por toda labor
efectuada en el exterior de un edificio a partir del cuarto piso. R.M.
N° 480, R.M. N° 918, R.M. N° 963, R.M. N° 072 y la R.S.D. N° 604-75-91.
- Bonificación por altitud – De
conformidad con la R.S.D. N° 058- 76-911000 y R.S.D. N° 443-88-4SD/
NEC, cuando se contraten los servicios de trabajadores para que realicen
labores en lugares ubicados a partir de los tres mil metros (3,000)
sobre el nivel del mar, se les deberá pagar este beneficio, en un monto
que asciende a S/.1.00 por día laborado.
- Bonificación por trabajo nocturno – Se
considera horario nocturno las labores realizadas a partir de las 10 pm
hasta las 6 am, la remuneración no podrá ser menor a un jornal mínimo
con la sobretasa del 35%, y en caso de horas extras será del 60% o del
100% sobre el valor hora simple; R.M. N° 480, R.M. N° 072 y R.D. N°
100-72-DPRTEES.
- Bonificación por contacto directo con el agua – La bonificación en este caso es equivalente al 20 %
sobre el salario básico. Se entiende por contacto directo con el agua a
los trabajos en inundaciones, ríos, lagos, represas y demás que le sean
semejantes, tales como trabajos en contacto directo con aguas servidas.
Resolución Ministerial Nº 480.
- Bonificación por alta especialización Este beneficio BAE – Se
otorga únicamente a los trabajadores operarios que estén debidamente
certificados por el empleador o por institución educativa para realizar
trabajos especializados.
Dichos porcentajes a pagar se diferencian en tres escalas:
4. Asignaciones
- Asignación por Escolaridad – Es
equivalente a 30 jornales básicos anuales, se abona por cada hijo menor
de 18 años y en edad escolar, inclusive estudiante hasta los 21 años
(RSD N°434-74 Cd. 91100).
- Asignación por Sepelio – Es
Equivalente a una UIT, esta asignación será pagada por el empleador a
los familiares al acreditar los gastos de sepelio, es aplicable cuando
el costo de la obra sea mayor a 50 UIT (R.S.D.N°143).
5. Gratificaciones por fiestas patrias y navidad
De acuerdo a la R.D. 777-87, (R.S.D.531-81-911000), los trabajadores de construcción civil tienen derecho al pago por:
- Fiestas Patrias (julio), a 40 jornales básicos, si es que el trabajador laboró en una misma obra los 7 meses anteriores.
- Navidad (diciembre), a
40 jornales básicos, siempre y cuando el trabajador haya laborado cinco
meses anteriores a las fiestas de Navidad.
6. Compensación por tiempo de servicios – CTS
La CTS es igual al 15% del total de los jornales básicos, percibidos durante la prestación de servicios.
Para determinar el tiempo de servicios
solo se computa los días efectivamente trabajados, no se incluye los
días feriados, los dominicales, ni las faltas. R. M. Nº 480 y R.S.Nº
450-90-250- NEC.
¿Cuáles son las aportaciones a cargo del trabajador en la construcción civil?
1. AFP, aporte obligatorio o voluntario, de ser obligatorio equivale al 12% aprox. de la remuneración asegurable.
2. SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES,
administrado por la ONP para los trabajadores no afiliados a AFP;
incluyen las pensiones de invalidez, jubilación y sobrevivencia. Aporte
13%.
3. CONAFOVICER, Comité
Nacional de Administración del Fondo para la Construcción de Viviendas y
Centros Recreacionales para los Trabajadores de Construcción Civil del
Perú, equivale al 2% del jornal básico.
4. IMPUESTO A LA RENTA, Se debe tener en cuenta la deducción de las primeras 7 UITs.
CASO PRÁCTICO EN EL DSCONT
ELABORACIÓN DE LA PLANILLA DE JORNALES EN EL DSCONT
Tomando en consideración el marco
conceptual mencionado anteriormente (parte I) realizaremos los pasos
para elaborar la planilla de jornales en el DsCont BLUE 10; para ello
seguiremos los siguientes pasos:
1. Configuración de Tablas Generales:
- Para crear áreas en una planilla de construcción civil nos basaremos en las áreas existentes en la empresa.
- Para crear cargos de igual forma consideraremos los cargos que se manejan en la empresa.
- Crearemos las categorías que existen en la planilla de construcción civil como son (operador, oficial, peón)
- En esta opción se creará el número de proyectos que establece la Empresa.
- Para la definición de AFP se podrá optar por esta opción si no se cuenta con internet; el ingreso se realizará de manera manual.
- Por esta opción el sistema recuperará automáticamente desde la SBS los datos del personal afiliado a la AFPs.
- Configurar las variables globales para el cálculo de algunos conceptos de planilla como son:
-
- UIT.- para el cálculo del impuesto a la renta de 5ta categoría.
- Remuneración básica para el cálculo de la asignación familiar.
¿Cómo se crea Áreas, Cargos, Categorías y Proyectos?
2. Ingreso del personal, creación atributos de persona y planilla
Para el ingreso del personal el sistema
recuperará automáticamente los datos de los personales afiliados a las
AFPs desde la SBS; solo se ingresa el DNI del trabajador.
3. Apertura de planillas y procesamiento
1ro) Conceptos.- En esta opción crearemos los conceptos para calcular la planilla de jornales como son:
- Jornal Básico
- B.U.C (bonificación Unificada de construcción)
- Movilidad Acumulada
- Dominical
- Vacaciones 10%
- CTS 15%
- Gratificación
- Extra 60%
- Extra 100 %
De acuerdo a los conceptos que perciban los trabajadores, se crearán más conceptos.
¿Cómo crear conceptos para la planilla de jornales?
2do) Abrir planilla.- Esta opción se realizará para crear o aperturar una planilla para un periodo correspondiente.
¿Cómo abrir o aperturar la planilla de jornales?
3ro) Procesar la planilla.- Una
vez aperturada la planilla; El sistema calculará los montos
correspondientes de acuerdo a los datos ingresados en la planilla.
4. Obtención de reportes de la planilla de Jornales
- Generación del reporte de la planilla de Jornales
- Generación de la boleta de pago
- Cálculo y Generación del Reporte de Gratificaciones
- Generación del Reporte del certificado de retención de 5ta categoría
5. Configuraciones opcionales para la generación de reportes de la planilla de jornales
- Configuraciones generales.- Estas
configuraciones se realizará para adicionarle el logo de la empresa,
modificar los formatos de las planillas y el formato de las boletas de
acuerdo al requerimiento de la Empresa.
CIERRE E INTEGRACIÓN
INTEGRACIÓN DE LAS PLANILLAS CON EL DSCONT, AFP NET Y EL PDT PLAME
1. INTEGRACIÓN CON EL DSCONT
Generación de asientos contables.- En esta opción el sistema te generará automáticamente los asientos contables.
Configuración y asignación de centros de costo.
Esta opción se realizará para asignar
la distribución del gasto a cada centro de costo; cada concepto de la
planilla se va a prorratear en base a los porcentajes que se le asignará
previa configuración .
2. INTEGRACIÓN CON AFP NET
Esta opción permitirá a la Empresa
generar el Reporte en Excel para la importación a la AFP NET y su pago
respectivo de acuerdo SUNAT.
3. INTEGRACIÓN CON EL PDT PLAME
Y finalmente el sistema permite generar los archivos TXT para la importación al PDT PLAME 601 para realizar su respectiva declaración mensual de acuerdo SUNAT.